La teoría general del derecho administrativo como sistema


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Con la traducción de la presente obra se vierte al español una importante aportación del pensamiento jurídico-administrativo de nuestro tiempo. Bacigalupo, Mariano; Barnés Vázquez, Javier; García Luengo, Javier; García Macho, Ricardo; Huergo Lora, Alejandro; Rodríguez de Santiago, José Ma; Rodríguez Ruiz, Blanca; Valencia, Germán; Velasco Caballero, Francisco (trads.) El libro se ocupa de la ciencia del Derecho administrativo en los albores del siglo XXI, y no cabe duda de que contiene una de las más notables reflexiones de la doctrina alemana del Derecho público de los últimos años. El trabajo de Schmidt-Assman pretende compensar el déficit de contexto y sistema que afecta a no pocas obras jurídicas especializadas, en exceso descriptivas o apegadas a un concreto sector, faltas de inducción y deducción, y, en suma, de interacción con la teoría general; al tiempo que aspira también a equilibrar la obligada vinculación de la jurisprudencia al caso concreto, ajena a sistematización alguna. Índice (Resumen) - Presentación de la traducción. Sistema y sistematización en el derecho administrativo. Estado de derecho y democracia como opciones constitucionales. Las funciones de la administración y el papel especial del Derecho administrativo. La autonomía de la administración en la encrucijada entre su dirección y su control. La administración pública como organización; el significado del derecho de la organización. El sistema de la acción administrativa. El desarrollo y evolución de un Derecho administrativo europeo. Bibliografía. Índice analítico.
















El derecho administrativo


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"El Derecho administrativo se ha descrito como «La prèmiere des sciences inexactes y la dèrniere des Beaus Arts» (Anónimo): por un lado debido a su especificidad y, consecuentemente, a la dificultad de su comprensión —«arduus iuris»—; y por el otro, al considerarse los refinamientos conceptuales y técnicos del Derecho administrativo que constituye el trabajo especulativo más acucioso y más fino de la ciencia jurídica a partir del Siglo XIX —«ars iuris»—. Y es que como señala M. HAURIOU, la construcción técnica del Derecho administrativo resulta muy interesante para quien tenga la paciencia de estudiarlo, y el mecanismo es incluso fácil para quien quiera aprender su juego. Pero esto no quita que sea muy especial, muy diferente del Derecho común o general y que, al exigir un aprendizaje, suponga un esfuerzo complementario. En todo caso, concluye, si queremos salvar la esencia del Derecho administrativo, urge simplificarlo para reducir al mínimo lo que tiene de especial y para hacer su manejo aún más fácil. En tal sentido, estimamos que la comprensión de una ciencia jurídica como el Derecho administrativo, por un lado, debe buscar unos postulados que en lo posible puedan ser compresivos y fundamentales de todas las materias basilares que lo componen; y, por el otro, no por buscar mayor claridad debe caer en la mera enumeración. Por ello, el estudio teórico y crítico del Derecho administrativo contemporáneo ha de hacerse desde las que podríamos llamar junto con la doctrina, los dogmas, las ideas cardinales, las grandes líneas o bases estructurales, como indistintamente se los denomina —en cuanto ideas-fuerza, pensamientos o fundamentos científicos que vertebran la construcción jurídica del sistema de Derecho administrativo—, y ello exige con carácter inicial, la formulación de unas ideas ordenadoras o postulados con vocación explicativa coherente y plausible que determinan un marco conceptual mínimo de referencia en cuanto que son, de alguna forma, ideas imprescindibles para la comprensión de un Derecho administrativo que puede llegar a ser extenso, complejo y diverso."